| Contado sin IVA |
| 1º línea | $150 |
| Categoría | Contado sin IVA |
| Casa de familia | $13.23 | Los jubilados y pensionados, en áreas de servicio telefónico medido, con un consumo inferior a $ 14,07 mensuales y las casas de familia con un consumo inferior a $ 7,04 mensuales promedio tendrán una tarifa diferenciada. |
| Comercial AMBA | $37,52 | AMBA: Área Múltiple Buenos Aires, incluida en el área de prestación de Telefónica. |
| Comercial Interior | $33,91 | Interior: Área de explotación de Telefónica, excluyendo el Área Múltiple Buenos Aires. |
| Profesional | $25,84 | |
| Gobierno | $33,91 |
Como consecuencia del acuerdo de cooperación entre el Estado Nacional y las empresas de telecomunicaciones, a partir de los ciclos de facturación que se emiten desde 1/3/2000 rige una reducción del 19,5% en los abonos de las líneas de telefonía básica domiciliaria comunes y entrantes con categoría comercial y gobierno, no aplicándose a líneas de locutorios, semipúblicos ni telefonía social.
El abono mensual resultante de aplicar el descuento es:
Comercial AMBA: $30,20 + IVA
Comercial Interior y Gobierno: $27,30 + IVA
| Consumo prom. mensual (*) | Áreas | Bonificación en abono | Bonificación en tráfico nacional |
| De $0,05 a $3,28 | AMBA(**) | $1,97 | 100 % del tráfico nacional |
| Interior del país | $2,91 | 100 % del tráfico nacional | |
| De $3,29 a $5,16 | Todas las áreas | $1,74 | $1,41 |
| De $5,17 a $7,04 | Todas las áreas | $1,27 | $0,94 |
| Más de $7,04 | Todas las áreas | $0,00 | $0,00 |
(*) Promedio treinta días, correspondiente a la facturación presente.
(**) Área Múltiple Buenos Aires.
Para realizar el trámite de empadronamiento, establecido en el Decreto 764/00, tenés que comunicarte con el 112 o dirigirte a un Centro Comercial
La aplicación de las tarifas para clientes de bajo consumo está sujeta a las siguientes condiciones:
No deben ser titulares de más de una línea telefónica del servicio básico.
El consumo mensual (promedio treinta días) de cada una de las dos facturaciones anteriores y el de la vigente no puede ser inferior a $ 0,0469 ni superar un valor máximo de $ 7,04.
Para establecer el consumo mensual y la bonificación respectiva, sólo se considera el consumo de pesos correspondientes al tráfico nacional del Servicio Básico Telefónico.
El domicilio de instalación de la línea debe coincidir con el domicilio que figura en el Documento Nacional de Identidad (DNI) o similar del titular.
Las bonificaciones en el abono y el tráfico medido se calculan sobre la base del consumo de la facturación presente y se aplican sobre ella.
El régimen de bonificación aprobado por la Resolución N° 127 CNT/91 es reemplazado por las tarifas descriptas en el cuadro:
| Consumo prom. mensual (*) | Áreas | Bonificación en abono | Bonificación en tráfico nacional |
| De $0,05 a $4,69 | AMBA(**) | $6,19 | 100 % del tráfico nacional |
| Interior del país | $7,13 | 100 % del tráfico nacional | |
| De $4,70 a $6,57 | Todas las áreas | $5,72 | $2,81 |
| De $ 8,92 a $10,79 | Todas las áreas | $2,44 | $1,41 |
| De $10,80 a $14,07 | Todas las áreas | $1,97 | $0,00 |
| Más de $ 14,07 | Todas las áreas | $0,00 | $0,00 |
(*) Promedio treinta días,correspondiente a la facturación presente.
(**) Área Múltiple Buenos Aires.
Para realizar el trámite de empadronamiento, establecido en el Decreto 764/00, tenés que comunicarte con el 112 o dirigirte a un Centro Comercial
La aplicación de las tarifas para clientes de bajo consumo está sujeta a las siguientes condiciones:
No deben ser titulares de más de una línea telefónica del servicio básico.
El consumo mensual (promedio treinta días) de cada una de las dos facturaciones anteriores y el de la vigente no puede ser inferior a $ 0,0469 ni superar un valor máximo de $ 14,07.
Para establecer el consumo mensual y la bonificación respectiva, sólo se considera el consumo de pesos correspondientes al tráfico nacional del Servicio Básico Telefónico.
El domicilio de instalación de la línea debe coincidir con el domicilio que figura en el Documento Nacional de Identidad (DNI) o similar del titular.
Las bonificaciones en el abono y el tráfico medido se calculan sobre la base del consumo de la facturación presente y se aplican sobre ella.
| Unidad de comunicación | $0,0469 s/IVA |
| Horario | Ritmo de tasación |
| Tarifa Normal De lunes a viernes, de 8 a 20 y sábados de 8 a 13 |
1 unidad cada 120 segundos |
| Tarifa Reducida De lunes a viernes, de 0 a 8 y de 20 a 24; sábados de 0 a 8 y de 13 a 24, y domingos y feriados nacionales las 24hs. |
1 unidad cada 240 segundos |
El régimen de bonificación aprobado por la Resolución N° 127 CNT/91 es reemplazado por las tarifas descriptas en el cuadro:
| Clave | Distancia | Valores sin IVA promedio Horario normal (1) | Valores sin IVA promedio Horario reducido (2) |
| 2 | Más de 30 hasta 50 km | $0,16 | $0,12 |
| 3 | Más de 55 hasta 110 km | $0,19 | $0,14 |
| 4 | Más de 110 hasta 170 km | $0,35 | $0,24 |
| 5 | Más de 170 hasta 240 km | $0,39 | $0,30 |
| 6 a 12 | Más de 240 km | $0,56 | $0,46 |
Valor mínimo por comunicación completada $ 0,0469(1) Horario tarifa normal: de lunes a viernes, de 8 a 21, y sábados de 8 a 13.(2) Horario tarifa reducida: de lunes a viernes, de 0 a 8 y de 21 a 24; sábados de 0 a 8 y de 13 a 24, y domingos y feriados nacionales las veinticuatro horas.Para determinar la tarifa, todos los circuitos interurbanos analógicos aptos para telefonía se rigen por los ritmos de tasación de la tarifa normal.En esta clase de comunicaciones, si el cliente tiene acceso al Discado Directo Nacional (DDN) y efectúa su llamada por operadora, se le facturará un recargo del 30% sobre la tarifa correspondiente.Las llamadas urgentes por operadora se tasan al triple de la tarifa que corresponda.
En todos los casos se adicionan $ 0,0469 a la respuesta.
| Horario | Ritmo de tasación |
| Tarifa Normal De lunes a viernes, de 8 a 20 y sábados de 8 a 13 |
1 unidad cada 60 segundos |
| Tarifa Reducida De lunes a viernes, de 0 a 8 y de 20 a 24; sábados de 0 a 8 y de 13 a 24, y domingos y feriados nacionales las 24hs. |
1 unidad cada 120 segundos |
La siguiente tabla contiene descuentos sobre los valores máximos, según las normas vigentes.
| Clave | Distancia | Valores sin IVA promedio Horario normal (1) | Valores sin IVA promedio Horario reducido (2) |
| 2 | Más de 30 hasta 50 km | $0,16 | $0,12 |
| 3 | Más de 55 hasta 110 km | $0,19 | $0,14 |
| 4 | Más de 110 hasta 170 km | $0,35 | $0,24 |
| 5 | Más de 170 hasta 240 km | $0,39 | $0,30 |
| 6 a 12 | Más de 240 km | $0,56 | $0,46 |
En todos los casos se adicionan $ 0,0469 a la respuesta.
(1) Horario tarifa normal: de lunes a viernes, de 8 a 21, y sábados de 8 a 13.
(2) Horario tarifa reducida: de lunes a viernes, de 0 a 8 y de 21 a 24;sábados de 0 a 8 y de 13 a 24, y domingos y feriados nacionales las veinticuatro horas.Telefónica efectúa descuentos por volumen de consumo en las comunicaciones urbanas e interurbanas de este servicio.
| Unidad de comunicación | $0,29 IVA incluído por llamada |
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