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Sección de información
Materiales obligatorios
- Reglamento Gral. de Clientes del Servicio Básico Telefónico
- Tarifarios
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A continuación le detallo la obligatoriedad de prestación de servicios gratuitos y por operadora exigidos por la CNC (ente regulador).

Los servicios por operadora 19 y 000, servicios de llamadas gratuitas 0800, servicios gratuitos de información 112 y 114 y servicios especiales tales como 100, 101, 107, entre otros, deben ser prestados indefectiblemente en su locutorio.

Materiales de exhibición reglamentario:

› Carteles de información general
› Stickers operadora 19 y 000
› Carteles horarios
› Reglamento general de clientes del Servicio Básico Telefóni
› Reglamento general de clientes del Servicio Básico Telefónico

Le recordamos que estos son provistos por Telefónica, por tal motivo, le sugerimos que, en caso de necesitar reposición, lo solicite a su ejecutivo de cuentas.

Asimismo, tenga en cuenta que debe exhibir el cuadro tarifario:

› Servicio Urbano / Interurbano
› Tarifario nacional
› Tarifario internacional

Recuerde colocar todo el material en un lugar visible de su local e instruir a su personal acerca de la obligatoriedad e importancia de este tema de cara al Cliente y a los organismos de control.

Tenga en cuenta que si Ud. no llegara a prsestar en forma adecuada los servicios mencionados, implicará un impedimento para esta Compañía en el cumplimiento de la normativa establecida y por lo tanto nos veremos obligados a trasladarle las multas y sanciones que resultaren de esta irregularidad.

Esperamos comprenda la trascendencia de este tema; desde ya por cualquier consulta adicional o requerimiento, estamos a su disposición en nuestros canales habituales de comunicación.

     
 
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Federico Stellato